Las viviendas turísticas en Galicia, al igual que en otras comunidades de España, están reguladas por el Decreto 12/2017 y han de cumplir una serie de requisitos.
No es necesario darse de alta como un negocio para solicitar la licencia, sin embargo, desde el momento que usted solicita su licencia, el titular de la propiedad es registrado como “profesional de turismo”. La licencia le da el derecho de anunciar legalmente su propiedad como alquiler vacacional, tanto en medios online como offline.
Declaración responsable
Los propietarios o gestores que vayan a realizar la actividad turística de alojamiento en una vivienda residencial deben presentar al órgano competente en materia de turismo la “Declaración Responsable de inicio de actividad de vivienda de uso turístico” (VUT).
La declaración responsable permitirá ejercer la actividad por tiempo indefinido, desde el día de su presentación.
Hay dos formas posibles de solicitarla:
1.- Si eres persona física. Lo puedes hacer de forma electrónica o de forma presencial a través de: los registros de los Organismos autorizados (entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) y Área Provincial de la Agencia de Turismo de Galicia en la que radique la vivienda.
2.- Si eres persona jurídica (sociedad): deberás realizar la declaración responsable de forma electrónica, según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Inscripción y número de licencia
Una vez la solicitud haya sido procesada, se asignará un número de licencia por la Consejería de turismo regional. En un plazo de 15 días recibirá la confirmación de su solicitud.
Si desea más información puede pulsar AQUÍ y consultar la Web de Turismo de la Xunta de Galicia.